
Cada vez es más común que grupos de personas que aman el cannabis y sus beneficios se auto organizen formando una Asociación Cannábica. De esta manera, crean un Club Social de Cannabis (CSC). Y es que esta es una de las pocas posibilidades que existen actualmente en España para poder consumir cannabis de forma privada sin incumplir ninguna ley.
Si has llegado hasta aquí es porque tu también te lo estás planteando y seguramente te preguntarás: ¿qué hay de legal en todo esto?
Antes de entrar en materia, debes saber que todavía no existe en España ninguna ley ni norma específica del ordenamiento jurídico que regule clubes sociales de cannabis ni asociaciones cannábicas.
Puede que te resulte interesante nuestro artículo sobre cómo es el funcionamiento de un asociación cannábica en España.
Entonces, sabiendo lo confuso que puede llegar a ser todo esto vamos a repasar cuáles son los principales requisitos legales para crear una Asociación Cannábica o montar un Club Social de Cannabis con todas las de la ley e iniciar el proyecto con éxito.
Estos son:
La única ley que tiene que cumplir una asociación cannábica o club social de cannabis en España es la Ley de Asociaciones LO 1/2002. Es cierto que en algunas comunidades hay leyes autonómicas; pero, prácticamente van en la misma línea. También hay ayuntamientos que imponen determinadas ordenanzas con los aspectos que debe cumplir un local para acoger un CSC a nivel arquitectónico, de ventilación, etc.
No obstante, cumpliendo la ley de asociaciones tienes prácticamente cubiertos todos los aspectos legales cubiertos para crear una asociación cannábica. Ahora bien, debes conocer todo lo que implica cumplir con dicha ley. Los repasamos a continuación:
Esta es una de las primeras fases legales para constituir el CSC. En la asamblea inicial es cuando se aprueban los estatutos que van a determinar el funcionamiento de la asociación cannábica.
Estamos hablando de aspectos como la normativa que deben cumplir los socios tanto para formar parte como para seguir siendo miembros del club, cuáles son las obligaciones de la Junta Directiva, cuándo van a ser las convocatorias de las próximas asambleas, etc.
La cantidad de personas mínimas recomendadas para empezar la andadura de un club social de cannabis son 3 para así poder crear una Junta Directiva con los diferentes cargos repartidos. Concretamente, una persona que ejerza de presidente/a, otra de secretario/a y una más, de tesorero/a. Estas funciones se deben escoger en la asamblea constituyente.
A partir de ahí, el número de socios del CSC puede ser el que quieras mientras se cumpla las normas establecidas en los estatutos (no hay máximo). Sin embargo, sí que hay que vigilar con no sobrepasar la cantidad de miembros que se encuentran el local al mismo tiempo en relación al aforo fijado en la licencia de actividades de éste.
El acceso de nuevos miembros a la asociación cannábica no está regulado por la ley de asociaciones y debe ser cada asociación o club social de cannabis el que estipule la fórmula en sus estatutos. Se suele establecer un filtro por el que para acceder debes estar invitado antes por algún integrante de la asociación. Obviamente, debe ser mayor de edad y no tener antecedentes penales.
Para que la asociación sea efectiva debe inscribirse oficialmente en el Registro Nacional de Asociaciones y debe quedar debidamente validada con su aprobación.
Pueden desarrollarse todo tipo de actividades dentro del local (información, formación y culturales entorno al mundo del cannabis, charlas, talleres, etc.) siempre y cuando hayan sido contempladas en los estatutos de la asociación cannábica y aprobados en el registro de asociaciones.
Respecto a las actividades económicas sí que pueden llevarse a cabo. Pero, es necesario que dar de alta la actividad correspondiente en Hacienda y se paguen los impuestos que se requieran.
Algunos ejemplos podrían ser la venta de parafernalia, merchandising (gorras, camisetas, etc.) venta de refrescos o alimentos no manipulados, ya que no tienen licencia de hostelería (ahí entra en juego CSC Green Gourmet, con nuestro propio market y las máquinas de vending especializadas que ofrecemos para el sector del cannabis).
Lo que pasa es que en un CSC todos los beneficios obtenidos se han de revertir íntegramente en la asociación para cumplir con sus fines sociales.
Como cualquier otro espacio en el que se va haber personas en su interior, el local del club o asociación se debe regir por la licencia de actividades.
En España todavía no existen licencias específicas para un CSC, pero sí que hay algunas ciudades con licencias de clubes privados de fumadores.
Si se da el caso que no hay licencia de actividades ni de clubes privados de fumadores en el municipio en cuestión, se suele optar por licencias de actividades básicas para tirar adelante el proyecto.
La gran mayoría de pueblos y ciudades con cierta población cuentan con ordenanzas para este cometido. Suelen determinar aspectos arquitectónicos del local como la distribución del espacio y la extracción del humo.
Recordamos que la asociación debe situarse en un espacio cerrado y a pie de calle. Sobretodo, no debe haber publicidad de ningún tipo en el exterior. Obviamente, el consumo debe darse en darse dentro del local y donde no sea posible que otras personas ajenas al CSC lo vean.
Los clubes sociales de cannabis o asociaciones cannábicas “no pueden distribuir cannabis de forma estable e institucionalizada” bajó ningún concepto, ya que puede implicar que se acuse a la Junta Directiva del CSC de delito contra la salud pública y delito de pertenencia a organización criminal.
Tan solo hay que seguir la tabla de equivalencia del Instituto Nacional de Toxicología. Por lo tanto, habría que multiplicar 3-5 gramos por persona/día por la cantidad de socios de la asociación cannábica.
Los CSC pueden auto abastecerse de cannabis mediante el cultivo compartido o la compra mancomunada.
Si se escoge la compra mancomunada como fuente de acceso al cannabis en los estatutos, es imprescindible la redacción de actas de compra mancomunada con la previsión de consumo de cada socio a 5 días vista.
En cambio, si se escoge el cultivo compartido, debe crear un manifiesto de cultivo con las características del cultivo que a su vez deben cumplir con las necesidades previstas para los distintos miembros.
A falta de normativas más específicas en España, si se cumplen todos estos requisitos legales para crear una asociación cannábica o un club social de cannabis no habrá problema alguno y podrás estar tranquilo con un funcionamiento de tu CSC. Estarás en la vía correcta para disfrutar junto al resto de miembros del club del cannabis con las máximas garantías legales.
Antes de finalizar nos gustaría mencionar que para elaborar este artículo hemos extraído datos de profesionales legales como S&F abogados y THC Abogados, entre otros, con el fin de ofrecerte la más información más fiel y valiosa para ti.